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¿Cazar deepfakes o silenciar periodistas? El debate sobre la Ley Serrano en México

En México, al menos seis estados han modificado su Código Penal para sancionar el uso indebido y lesivo de sistemas de inteligencia artificial (IA). Sin embargo, entre esas entidades destaca San Luis Potosí por la llamada «Ley Serrano», considerada por sus críticos como un instrumento de censura que, además de limitar la labor de periodistas y activistas, representa una violación al derecho a la libertad de expresión de toda la población.

La «Ley Serrano» es el nombre coloquial con el que se conoce al Decreto 0314, publicado el 18 de noviembre de 2025 en el Periódico Oficial del Estado Plan de San Luis. Presentada ante el Congreso estatal por Héctor Serrano Cortés, diputado local del Partido Verde Ecologista de México y presidente de la Junta de Coordinación Política, la reforma consistió en modificar el Código Penal del Estado para incorporar el capítulo denominado «Uso indebido de la inteligencia artificial para provocar alarma social», así como tipificar los delitos de «difusión dolosa de desinformación generada mediante inteligencia artificial» y «manipulación institucional mediante inteligencia artificial».


México carece de un marco normativo específico sobre IA aplicada al trabajo, lo que facilita prácticas discriminatorias, mecanismos de vigilancia digital o procesos de sustitución laboral, según los impulsores de la reforma.


De acuerdo con un comunicado emitido por las autoridades legislativas de San Luis Potosí, el concepto de inteligencia artificial se refiere a «cualquier sistema, modelo computacional o algoritmo, incluidas las redes neuronales y las técnicas de aprendizaje automático o equivalentes, capaz de ejecutar, de manera autónoma o asistida, tareas que impliquen procesos de razonamiento, aprendizaje, percepción, interpretación o generación de información, imitando o sustituyendo funciones cognitivas humanas, y que permita producir, modificar, alterar o difundir contenidos digitales, tales como textos, imágenes, sonidos o videos, con apariencia verosímil o similar a la realidad».

Con base en esta definición, la norma establece una pena de dos a cinco años de prisión, además de una multa de 200 a 400 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en el estado, para quien, a sabiendas de su falsedad, genere, altere o difunda mediante sistemas de inteligencia artificial imágenes, audios, videos o textos manipulados o creados artificialmente con el propósito de provocar alarma, temor, confusión o inestabilidad social, o inducir a error a la población sobre hechos de interés público.Re

Asimismo, establece que, cuando la conducta se lleve a cabo mediante medios de comunicación masiva, plataformas digitales o redes sociales, o a través de cuentas automatizadas o anónimas para simular información auténtica, la pena podrá incrementarse hasta en una mitad.

Respecto al delito de manipulación institucional mediante inteligencia artificial, la legislación contempla una sanción de tres a seis años de prisión y una multa de 300 a 600 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente en el estado para quien, mediante el uso de sistemas de inteligencia artificial, genere, altere o difunda imágenes, audios, videos o representaciones digitales que simulen declaraciones, comunicados, acciones o la presencia de autoridades, instituciones públicas o cuerpos de seguridad, con pleno conocimiento de su falsedad.

De acuerdo con el Congreso local, esta conducta será sancionada cuando tenga «el propósito de provocar alarma, temor o desconfianza en la población; afectar el orden o la seguridad pública, o menoscabar la autoridad o la legitimidad de las instituciones del Estado».

La legislación también señala que, si la conducta se comete durante procesos electorales, de seguridad pública o de procuración e impartición de justicia, o provoca alteraciones efectivas del orden público o daños a bienes públicos, la pena podrá incrementarse hasta en una mitad.

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Esta información pertenece a su autor original y fue recopilada del sitio https://es.wired.com/articulos/ley-serrano-ia-san-luis-potosi-libertad-expresion

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