Una casa no cambia de dueño cuando fallece el propietario. Pueden pasar años antes de que ocurra

De acuerdo con el artículo 1649 del Código Civil Federal, cuando alguien muere, sus bienes pasan automáticamente al estado legal de herencia. Sin embargo, esto no significa que cambien automáticamente de dueño. En el caso de bienes inmuebles, como una casa, dicha sucesión puede tardar años.
Y es que los herederos deben realizar un trámite conocido como juicio sucesorio, y hasta que el mismo no esté concluido la propiedad seguirá registrada a nombre de la persona fallecida. Contrario a lo que suele decirse, una propiedad no deja de estar nombre del dueño después de 10 años de su fallecimiento.
¿Se pierde la casa después de 10 años?
Es común encontrar la idea de que una casa «solo puede» estar a nombre de una persona fallecida durante cierto número de años. Algunos dicen que cinco, otros dicen que 10. Sin embargo, esto es una malinterpretación del artículo 1652 del Código Civil federal.
Lo que verdad dice el artículo es que el derecho de reclamar la herencia prescribe en diez años y se puede transmitir a los herederos. No es un plazo para regularizar el inmueble, sino el tiempo que tiene un heredero para reclamar su parte antes de perder ese derecho.
Uno de los riesgos de que la propiedad continúe registrada a nombre de la persona fallecida es que obligaciones como el pago del agua, predial y otros adeudos se siguen acumulando, lo que podría acarrear multas.
Además, los herederos pueden enfrentar dificultades para vender la casa, donarla, hipotecarla o utilizarla como garantía para obtener un crédito. También existe la figura de la prescripción positiva (usucapión), mediante la cual otra persona podría reclamar la propiedad si demuestra posesión continua durante varios años.
¿Cómo cambiar el nombre de una propiedad?
Para que la casa deje de estar a nombre del fallecido, hace falta completar un juicio sucesorio, que puede tramitarse por dos vías:
- Vía notarial, cuando todos los herederos son mayores de edad y están de acuerdo: suele resolverse en 4 a 8 meses, porque evita audiencias y notificaciones judiciales.
- Vía judicial, si la propiedad queda intestada: el proceso completo puede tomar entre 10 y 18 meses, o hasta dos años si hay conflictos entre herederos o documentación incompleta.
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